martes, 26 de noviembre de 2013

Niños y niñas adoptados (de 2 a 5 años). Sus reacciones

Adaptación del niño/a a su nueva familia


Un niño/a adoptado pasa por diferentes fases en ese proceso de adaptación, pero éstas siempre serán las mismas en todos los casos, lo que variará es la duración (más breves cuanto más pequeño es el niño/a) y la facilidad en la adaptación (mayor también cuanto más pequeño), en función de la edad del niño/a.
Estas fases suelen ser:
una fase inicial de angustia, en la que pueden ser frecuentes los llantos, el nerviosismo, el mal dormir, e incluso puede resentirse el apetito. En esta fase, el niño/a muestra rabia y dolor por el abandono. Para ayudarle a asimilar todo esto, es conveniente ofrecerle mucho contacto físico (abrazos y caricias, demostraciones de afecto) que le hagan sentirse seguro y querido en esa, su nueva casa.
una fase de adaptación, de conocerse mutuamente. Irá probando los límites de lo que puede y no hacer, de lo que puede esperar y recibir de las personas que le rodean. También habrá largos períodos de llanto, y predominará la ansiedad por ambas partes.
Es importante no olvidar en ningún momento que estas conductas no son algo personal contra los padres, sino consecuencia de su situación anterior y además es propio de esta edad la expresión de su enfado, disconformidad y falta de seguridad a través de la ira: las tan temidas “rabietas” que angustian y a veces desquician a los padres y madres.
Con suave firmeza habrá que irle marcando los límites que tanto necesita y que está pidiendo para ir conformando su lugar emocional en la familia y su seguridad personal.
Entre los 2 y los 5 años es un buen momento para ir introduciendo el tema de la adopción, siempre que tu hijo/a esté receptivo y sobre la historia de su adopción:
- explícale que él o ella nacieron en otro lugar y luego fueron adoptados: esto es importante ya que algunos niño/as fantasean con que ellos no han nacido…
- descríbele cómo era cuando le vieron por primera vez: aspecto, rasgos, ropa, emociones que sintieron al verle/a, al cogerle/a en brazos,… el viaje a casa.
- destaca lo excepcional de su llegada a casa: cómo fue, quiénes les esperaban para recibirles, cómo era su habitación, sus cosas…Enséñale fotos de ese día. No confundir al niño/a respecto al día en que fue adoptado y el que es su día de cumpleaños y diferenciar cada fecha con el evento que se celebra.
En base a todo ello irán creando su propia identidad y hay que ayudarles a que lo hagan.
Si tu hijo o hija manifiesta su estado con berrinches o rabietas os propongo actuar con una actitud tranquila y asertiva:
1. Si reaccionamos enfurecidos, perdemos el control de la situación y no les ayudamos a manejar sus emociones.
2. Es bueno bajar a la altura del niño/a, sentarse, no dejar de mirarle a los ojos con cariño y transmitiendo calma.
3. De manera serena y segura, dile que no te gusta lo que está haciendo. Que si quiere hablar contigo, debe ser sin gritos y sin llorar.
4. Escucha la petición del niño/a o si tiene algo que decirte y analiza rápidamente si se le puede complacer o no.
5. Dale una respuesta clara de por qué si o por qué no.
6. Si no quiere hablar, sólo acompáñalo, quédate con él o ella en silencio hasta que se le pase, si acepta que lo cojas, mímalo mucho, si no respétalo y espera a que esté más tranquilo/a y entonces consuélalo.
De esta manera iremos ayudándoles a calmar sus angustias y a manejar las emociones de una manera sana, sin respuestas ansiosas y será una buena ocasión para transmitirles el amor que sentimos por ellos/as.

Colabora:
Ana Mª Prats. Coach de Familia. Especialista en Adopciones www.ser-familia.net
Tel. 615266152

http://www.educar-hoy.es/2013/11/ninos-y-ninas-adoptados-de-2-5-anos-sus.html

lunes, 25 de noviembre de 2013

El Gobierno ultima el anteproyecto de ley





La reforma del sistema de protección de menores llega a su recta final y el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad ultima las nuevas medidas que buscan defender el interés superior del menor, en especial de aquellos en situación de desamparo y que están en busca de una nueva familia. Una de las claves para comprender los cambios que busca acometer el ministerio que dirige Ana Mato es el interés del Estado por evitar la institucionalización de los menores, es decir, primar su estabilidad familiar en lugar de permanecer en una residencia estatal para menores. En esta línea, el anteproyecto de ley prevé introducir una de las demandas más solicitadas por las familias adoptantes: la regulación de la guarda con fines de adopción. Esta previsión legal permitiría que, con anterioridad a que la entidad pública formule la propuesta al juez para la constitución de la adopción, pueda iniciarse la convivencia provisional entre el menor y sus futuros padres hasta que se dicte la oportuna resolución judicial. Así se evitaría que el niño tenga que pasar el proceso burocrático esperando en un centro de protección.

«Gracias a esta nueva regulación se podría reducir mucho el tiempo que los menores permanecen institucionalizados», afirma Adolfo García, coordinador General en CORA (Federación Coordinadora de Asociaciones en Defensa de la Adopción y el Acogimiento). Y es que con esta medida, que, en algunos casos de acogimiento familiar, ya se tenía en cuenta, «se ayuda a que los menores pasen menos tiempo rodeados de técnicos y terapeutas mientras la Administración concluye con los procesos».

La medida podría considerarse como un proceso preadoptivo durante el cual también pueden aparecer problemas, pero que, en general, beneficia al menor. La iniciativa que promueve la Dirección General de Familia e Infancia, que coordina Salomé Adroher busca fijar unas pautas nacionales pero que, por las transferencias autonómicas en materia de familia, es difícil homogeneizarlas. «La medida que se incluiría en la reforma debería adoptarse en las 17 comunidades autónomas porque la adopción nacional tal cual no existe y, aunque no es una diferencia abismal, cada uno lo aborda de una madera diferente», añade García.

Uno de los trámites que deben superar los padres que deseen adoptar es la declaración de idoneidad que se realiza con psicólogos de cada comunidad autónoma y que, para proponer ante el juez la adopción, no era necesario superar previamente. Este aspecto cambia ahora y exigirá que se supere antes de ir a juicio.

Padres demasiado mayores

Uno de los puntos que aún quedan por concretar es la determinación de un límite de edad entre el menor y los padres adoptantes. «Nosotros hemos propuesto los 47 años porque consideramos que es importante que se establezca un límite pero uniforme en todas las comunidades autónomas, ya que no debemos olvidar la importancia del futuro del menor, y épocas difíciles como la adolescencia no pueden ''pillar'' a los padres muy mayores», sostiene el portavoz de CORA, aunque lo cierto es que el modelo de familia ha cambiado y muchas parejas deciden tener hijos más tarde. Por eso el límite es uno de los puntos de la nueva reforma más difíciles de abordar. Aun así, los estudios avalan la necesidad de que los padres que decidan adoptar no sean muy mayores. De acuerdo con un análisis de la investigadora Ana Berástegui, del Instituto Universitario de la Familia de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid, el porcentaje de riesgo de fracaso de la adopción es mayor cuanto mayores son los padres adoptivos.

La reforma que prepara el Gobierno también prevé la posibilidad de introducir la adopción abierta. Es decir: la familia biológica podría mantener «alguna forma de relación o contacto» con el niño adoptado «a pesar de que al constituirse la adopción se extinguen los vínculos jurídicos». Para que este supuesto se produzca, debería acordarse en la resolución de constitución de la adopción por parte del juez, a propuesta de la Entidad Pública de Protección de Menores y previa valoración positiva –en «interés del menor»– por parte de los profesionales de dicha entidad.

Por supuesto, este vínculo debería ser consentido por la familia adoptiva. Además, el menor debería tener más de 12 años o incluso más pequeños siempre que cuente con «suficiente madurez». Con todo, los profesionales podrán realizar un seguimiento de la relación entre el menor y sus padres biológicos para juzgar sobre «la conveniencia o no de su permanencia en el tiempo».



La madre, con seis semanas para pensarlo

Se trata de una de las medidas «estrella»; no será necesario el asentimiento de los padres para la adopción cuando hayan transcurrido dos años sin ejercitar acciones de revocación del desamparo o cuando éstas se hayan desestimado. En esa misma línea, el proyecto establece que el asentimiento de la madre no podrá prestarse hasta que hayan transcurrido seis semanas desde el parto. Esta propuesta alargaría el periodo establecido actualmente, que está fijado en 30 días, un plazo algo reducido de acuerdo con el Convenio Europeo de Adopción que se elaboró en Estrasburgo en 2008 y que el Parlamento español ratificó.

lunes, 18 de noviembre de 2013

miércoles, 13 de noviembre de 2013

2 AÑOS DE BLOG



Solos os quiero dar 31964 gracias. Una por cada visita a este humilde blog y 53 abrazos bien grandes. Uno por cada seguidor.

Que sería este blog sin ustedes? Nada.

Graciaaaaaas de corazón por leerme y seguir mi historia, acompañarme cada día, para hacer que la espera de mi peke sea más llevadera.

Os quiero a todos. Muackkkkkkkk